Informes psicológicos, guarda y custodia y régimen de visitas en los procedimientos de divorcio

custodia compartida

Informes psicológicos guarda y custodia. Si bien es cierto que es cada vez es más frecuente que las resoluciones judiciales relativas a los divorcios con hijos menores se inclinan hacia la custodia compartida, no siempre ocurre así. La decisión acerca del progenitor que ostenta la guarda y custodia, parte del principio de que ambos están igualmente capacitados para ejercer esta función.

Excepcion de aquellas ocasiones en las que uno de los dos sea origen de situaciones de maltrato hacia el menor, sufra problemas psicológicos graves o incapacidad por motivos laborales o médicos para hacerse cargo.

El acceso a ambos progenitores es un derecho fundamental del niño cuya finalidad es permitirle tener un desarrollo integral equilibrado. Se sustenta sobre el interés superior del menor y el derecho a tener acceso permanente a su padre y a su madre para alcanzar su pleno desarrollo. Esto con independencia de las preferencias de los padres y otras personas o instituciones próximos al niño.

La decisión acerca de la custodia y del régimen de visitas la toma el Juez que instruye el proceso de divorcio. Una vez acordada la guarda y custodia, el progenitor no custodio tiene el derecho a estar con sus hijos, visitarles y comunicarse con ellos, excepto si existiesen circunstancias sobrevenidas que hicieran conveniente suspender temporalmente las visitas.

Para ayudar al Juez a tomar una decisión, frecuentemente se requieren informes psicológicos para informar sobre el estado psicológico de los progenitores, la capacidad de proporcionar al menor un adecuado desarrollo social y emocional. Así como para analizar la relación entre ellos y en su caso, aconsejar acerca de las medidas necesarias para favorecer en la mayor medida posible la relación paterno filial. Informes psicológicos guarda y custodia.

Determinados trastornos psíquicos como el alcoholismo, el consumo de drogas, enfermedades mentales graves, trastornos graves de la personalidad, abusos sexuales hacia el menor o maltrato pueden ser motivos para impedir y/o para suspender, las visitas. De igual modo se pueden ampliar o reducir en función de si las circunstancias cambian o lo justifican y la persona, en caso necesario, se hubiera sometido a tratamiento y su estado psicológico no pueda afectar negativamente al menor. Otras veces se puede acordar que las visitas se realicen bajo supervisión, generalmente de instituciones como los puntos de encuentro, diseñados para facilitar a los padres y a s los intercambios y las visitas supervisadas.

Informes psicológicos guarda y custodia. Cuando los hijos son adolescentes o están próximos a cumplir la mayoría de edad, los informes psicológicos se inclinan a aconsejar que sean los propios hijos los que de mutuo acuerdo con el progenitor no custodio, acuerden acerca de los días que van a compartir.

Estas medidas se establecen en función del interés superior del menor, puesto que la evidencia demuestra que la calidad del contacto con el progenitor no custodio, contribuye a un mayor ajuste psicológico del niño, especialmente si ya tenían una buena relación anterior a la separación.